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La cantidad pagada en el impuesto sobre las ventas de alquiler depende de dónde se encuentra la unidad de alquiler en el estado de Arizona. Cada jurisdicción tiene diferentes leyes y tasas de impuesto a las ventas que deben ser pagadas por un propietario. En la mayoría de los casos, los inquilinos no tendrán conocimiento de ningún cargo adicional en su factura de alquiler, ya que la mayoría de los propietarios incluyen estos cargos en el precio de la unidad de alquiler.
Porcentaje
Los inquilinos y los propietarios deben consultar con su municipio local para ver el porcentaje exacto a pagar. Algunas jurisdicciones requieren que un alquiler comercial o de negocios pague el impuesto automáticamente, mientras que en otras, un alquiler comercial o comercial puede estar exento.
Propietarios e inquilinos
Ya sea que la propiedad sea residencial o comercial, el propietario real es responsable de pagar los impuestos adeudados sobre la propiedad, no el ocupante de la propiedad. En todos los contratos de arrendamiento, el monto del impuesto debe indicarse claramente si forma parte del contrato de arrendamiento. Por ejemplo, si el alquiler es de $ 1000 al mes y hay un impuesto de 2 por ciento en las ventas de alquiler, el impuesto a pagar sería de $ 20 al mes. Por lo tanto, el propietario podría cobrarle al ocupante $ 1020 por el alquiler o renunciar a la tarifa.
Residencial vs. Bienes Raíces Comerciales
Si la propiedad es un alquiler residencial o un alquiler comercial no importa en términos del porcentaje del impuesto sobre las ventas de alquiler que se cobra. Sin embargo, existen diferencias entre las jurisdicciones de Arizona en cuanto a si el impuesto debe pagarse, según el tipo de propiedad que se alquila. Por ejemplo, en algunas jurisdicciones, un propietario de bienes raíces comerciales puede necesitar poseer tres o más unidades para pagar el impuesto. En otras jurisdicciones, los propietarios de propiedades residenciales pueden necesitar alquilar más de cinco unidades, como en un complejo de apartamentos. Consulte con el municipio local o la oficina del asesor fiscal sobre las leyes de su jurisdicción.