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Un gravamen es una incautación de bienes de los contribuyentes por parte del Servicio de Impuestos Internos para pagar los impuestos adeudados. Tomar dinero de la cuenta bancaria de un contribuyente es solo una forma de cobro, y el IRS puede continuar persiguiéndolo hasta que se pague el impuesto o expire el plazo de prescripción (10 años). Comprender el proceso de recaudación y los requisitos para implementar una recaudación puede evitar que usted vea cómo se transfieren los ingresos de su cuenta bancaria al IRS.
Exacción
Si no paga o hace arreglos para pagar el impuesto adeudado, entonces el IRS podría emitir un impuesto sobre su cuenta bancaria. Si el IRS cobra su cuenta, todos los fondos disponibles se enviarán al IRS y se aplicarán al impuesto que usted debe. Ninguno de los depósitos realizados en el banco después de la emisión del impuesto se destinará a su deuda tributaria. A diferencia de los impuestos sobre los salarios, los impuestos sobre las cuentas bancarias no son recurrentes.
Requisitos de Levy
Antes de que el IRS pueda cobrar su cuenta bancaria, primero deben enviar por correo un aviso de Demanda de pago. Si no responde a la notificación pagando el impuesto o haciendo arreglos para pagar, entonces se requiere que el IRS le envíe por correo un aviso de Intención de Levy. El aviso de Intención de imponer gravámenes debe llegar al menos 30 días antes de la fecha de emisión del gravamen para que tenga tiempo disputa la validez o exactitud de la imposición. La ley exige que el IRS envíe por correo el aviso de impuesto certificado a su hogar, su última dirección conocida o su lugar de negocios.
Consideraciones
Una vez que el IRS emite un impuesto bancario, el banco debe retener todos los fondos durante 21 días. Esto le proporcionará algo de tiempo para impugnar la propiedad de la cuenta bancaria. Si tiene preguntas durante este período, puede llamar al número del oficial de cobranza del IRS que figura en su Aviso de Intención de Levantamiento.
Remedios
Si no está de acuerdo con la exactitud o la validez de la recaudación, puede presentar una apelación ante la Oficina de Apelaciones del IRS completando el Formulario 12153 del IRS dentro de los 30 días posteriores a la fecha del aviso. Además, si el gravamen le causa una dificultad financiera, puede llamar al Servicio de Defensor del Contribuyente al 877-777-4778 para solicitar que se le asigne un defensor.
Advertencia
Incluso si el IRS ha cobrado su cuenta bancaria, esto no les impide cobrar otros activos que le pertenecen. El IRS se reserva el derecho de emprender acciones legales contra usted hasta que la deuda que adeuda se haya pagado en su totalidad. Si no tiene el dinero para pagar los impuestos en su totalidad, debe considerar establecer un acuerdo de pago completando el Formulario 9465 del IRS y enviándolo por correo a la oficina del IRS que atiende su área. Si se acepta el acuerdo, se le permitirá realizar pagos mensuales de su deuda tributaria hasta que se haya pagado en su totalidad y el IRS no pueda tomar medidas de cumplimiento durante el período en el que se encuentra en pago.