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El tiempo entre cuando alguien completa su educación y comienza a ganar suficiente dinero para pagar los préstamos estudiantiles puede ser considerable. El atraso en sus pagos perjudica su puntaje de crédito y aumenta el riesgo de que su préstamo se convierta en incumplimiento. Si no puede hacer esos pagos, puede calificar para una indulgencia obligatoria o discrecional. Si lo hace, ofrece un respiro temporal con pagos eliminados o reducidos durante 12 meses, aunque el interés continuará acumulándose.
Tolerancia obligatoria
Su prestamista debe otorgarle una indulgencia obligatoria bajo ciertas condiciones. Por ejemplo, puede calificar para una indulgencia obligatoria si se encuentra en un programa de pasantías médico o dental, se desempeña en una posición de servicio nacional por la que recibió un premio de servicio nacional o califica para el perdón de préstamos de maestros. También es posible que se le otorgue una prórroga si califica para un reembolso parcial en virtud del Programa de Préstamos Estudiantiles del Departamento de Defensa, o si está activado para la Guardia Nacional pero no es elegible para un aplazamiento. Finalmente, si el monto total de la deuda de su préstamo estudiantil excede el 20 por ciento de su ingreso mensual total, también puede calificar para una indulgencia.
Tolerancia discrecional
En una indulgencia discrecional, la decisión depende del prestamista. Puede solicitar una indulgencia discrecional debido a dificultades financieras o enfermedad. Sin embargo, su prestamista puede insistir en la documentación que respalde su solicitud. En cualquier indulgencia, si no realiza al menos los pagos de intereses, pueden capitalizarse, lo que aumentaría sus pagos a partir de entonces.