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Anonim

La muerte de un cónyuge puede ser devastadora. Incluso en un momento de angustia emocional y angustia, las cuentas no se detienen. Si su esposo estaba recibiendo beneficios por incapacidad a través del Departamento de Asuntos de Veteranos antes de su muerte, no puede continuar recibiendo sus beneficios. Sin embargo, puede calificar para sus propios beneficios a través del VA. La Compensación por Dependencia e Indemnización es un beneficio libre de impuestos que se paga a los cónyuges o hijos sobrevivientes elegibles.

Un funeral para un miembro del servicio. Crédito: Alan Crosthwaite / iStock / Getty Images

Beneficios

DIC es un beneficio mensual de tarifa plana de un monto base determinado por el Congreso, no basado en el grado de pago o rango del miembro del servicio. A partir de 2014, el monto base del beneficio del DIC para cónyuges es de $ 1,215. Puede calificar para recibir $ 258 adicionales al mes si su esposo estaba recibiendo beneficios de compensación por al menos ocho años y ustedes dos estuvieron casados ​​por ocho años o más. Si tiene hijos menores, puede recibir $ 301 mensuales adicionales por cada niño. Sus hijos solteros pueden recibir beneficios hasta que cumplan 18 años o 19 si todavía están en la escuela secundaria. Si el niño asiste a una universidad aprobada por el VA o una institución de educación superior, los beneficios pueden continuar hasta los 23 años. Los niños con discapacidades pueden recibir beneficios de por vida. Si te vuelves a casar antes de los 57 años, tu DIC conyugal terminará. Los beneficios por fallecimiento cambian periódicamente, así que consulte con el VA para obtener la tarifa más reciente.

Sobrevivientes que califican

Si su cónyuge era un veterano, debe haber estado casado durante al menos un año para calificar. Si no estuvo casado por al menos un año, debe tener un hijo con el veterano y vivir juntos de manera continua hasta su muerte. Si estuviste separado, la separación no puede ser tu culpa y no puedes haberte vuelto a casar. El VA enumera otras formas en que puede calificar como cónyuge sobreviviente. Si estuvo casado antes del 1 de enero de 1957 o se casó dentro de los 15 años posteriores a la fecha de alta en que comenzó la enfermedad o la enfermedad que causó la muerte, también puede calificar. Las viudas también son elegibles para DIC si estaban casadas con militares que murieron en servicio activo, servicio activo para entrenamiento o servicio de entrenamiento inactivo.

Información necesaria

Deberá presentar ciertos documentos, incluidos los documentos de alta o de separación, los registros de tratamiento de servicio y los informes de médicos u hospitales. La solicitud pregunta qué beneficios está solicitando y los beneficios que su cónyuge estaba recibiendo. Deberá responder preguntas sobre su esposo, su servicio, estado de servicio activo, su matrimonio, sus hijos y otros dependientes y gastos médicos o de entierro no reembolsados. Dado que el Departamento del Tesoro exige que todos los depósitos federales se realicen mediante transferencia electrónica de fondos, se le pedirá que proporcione su número de cuenta bancaria e información de enrutamiento.

Proceso de solicitud

Después de la muerte de su esposo, deberá solicitar los beneficios para recibirlos. Complete el Formulario 21-534, "Solicitud de Compensación por Dependencia e Indemnización, Pensión por Muerte y Beneficios Acumulados de un Cónyuge o Hijo Sobrevivientes". Puede descargar e imprimir el formulario disponible en el sitio web de VA y enviarlo por correo a su oficina regional. Si necesita ayuda para completar la solicitud o prefiere trabajar directamente con un representante o agente, diríjase a su oficina regional. Use la función "Localizador de instalaciones" para buscar una oficina cerca de usted. Si la muerte de su esposo ocurrió mientras estaba en servicio, un Oficial de Asistencia Militar contra Incidentes lo ayudará a completar el formulario y solicitarlo.

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