Tabla de contenido:

Anonim

La sección 8 de viviendas es un programa de asistencia de pago de alquiler con subsidio federal, creado y administrado por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD). La intención del programa es ayudar a las familias de bajos ingresos a mantener un lugar seguro para vivir, ayudándoles a pagar el alquiler mediante cupones. Cuando vive al lado de un vecino de la Sección 8 que viola los términos de su contrato de arrendamiento o participa en actividades delictivas, otros vecinos tienen el derecho y la responsabilidad de denunciar esas violaciones al propietario.

Actividad ilegal

Si el vecino de la Sección 8 está involucrado en actividades ilegales como el robo del narcotráfico y usted lo observa, no es suficiente notificar al propietario; Es necesario involucrar a las autoridades locales. Sus derechos contra un vecino de la Sección 8 a este respecto son los mismos que se harían con cualquier otro vecino que esté involucrado en un comportamiento ilegal.

Violaciones de arrendamiento

Si el vecino de la Sección 8 viola los términos de su contrato de arrendamiento, no mantiene la propiedad o inflige daños intencionales o accidentales en áreas comunes, debe informarlo al propietario. A partir de ahí, el propietario determinará si la violación es lo suficientemente grave como para desalojar al inquilino. Él puede optar por emitir una advertencia, en su lugar. Si no cree que el propietario esté manejando la situación con el vecino correctamente, o si el inquilino continúa dañando áreas comunes u otras propiedades, tiene derecho a comunicarse con la oficina de vivienda local y presentar una queja ante la ciudad.

Discriminación

Debido a su situación de desventaja económica, los beneficiarios de la Sección 8 a menudo se enfrentan a la discriminación. Es ilegal que un propietario discrimine a un solicitante de alquiler de la Sección 8 por raza, color, estado civil o ingresos. Discriminar a un vecino de la Sección 8 sin causa es una violación directa de las Leyes de Vivienda Justa. Considere este hecho al enfrentar problemas con los vecinos de la Sección 8.

Participación de la comunidad

Aceptar los vales de la Sección 8 es una decisión que se deja enteramente a un propietario. Si el propietario no presenta una propiedad para la aprobación de la Sección 8, la propiedad no es elegible para los beneficiarios de la Sección 8. Si le preocupa el estado de la Sección 8 de una propiedad, comuníquese con el dueño de la propiedad y pregúntele si ha decidido solicitar la propiedad para la consideración de la Sección 8.

Recomendado Selección del editor