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Anonim

Si recibe asistencia para el alquiler en virtud del programa de la Sección 8, también conocido como el programa de vales de elección de vivienda, está sujeto a dos conjuntos de reglas. Primero, debe cumplir con las pautas generales de la Sección 8 establecidas por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. Y su autoridad local de vivienda. Segundo, usted está sujeto a los términos del contrato de arrendamiento de su propiedad. En general, a menos que su contrato de arrendamiento estipule lo contrario, los huéspedes están permitidos en las propiedades de la Sección 8. El problema se presenta cuando los invitados se vuelven más como compañeros de habitación y usted no alerta a los propietarios ni a la autoridad de vivienda sobre los cambios.

Si no envía a sus invitados a empacar de manera oportuna, su asistencia de la Sección 8 podría estar en riesgo.

Sección 8 Ocupantes

Para calificar para la Sección 8, debe informar los ingresos de todos los adultos que viven en su hogar. También debe proporcionar información de antecedentes para todas las personas que viven en su casa. La autoridad de vivienda local, que procesa y aprueba su solicitud de la Sección 8, utiliza esta información para calificarlo para los vales de vivienda. Utilizan la información de ingresos para determinar la cantidad de alquiler que usted será responsable de pagar y la cantidad de asistencia que puede recibir. Utilizan la información personal para realizar verificaciones de antecedentes de todas las personas que vivirán en su casa. Las personas con ciertos tipos de condenas penales en su historial pueden no ser elegibles para vivir en la Sección 8 de vivienda. Por estas razones, debe proporcionar toda esta información a la autoridad de vivienda antes de que pueda ser aprobado para los vales.

Política de invitados

Antes de mudarse a su nuevo hogar, discuta la política del huésped con la autoridad de vivienda local y con el propietario. Los propietarios pueden diseñar sus propias pautas con respecto a los huéspedes, pero esperan encontrar una situación en la que se les permita a los huéspedes quedarse por un período determinado para cumplir con las aprobaciones de los propietarios. Si descubre estos términos y acepta los comprobantes y firma el contrato de arrendamiento, se le solicitará que se adhiera a ellos.

Invitados contra nuevos inquilinos

Si tiene huéspedes de la casa que pretenden extender sus estancias más allá de las pautas de "invitados" aceptables en su contrato de arrendamiento o según lo establecido por la autoridad de vivienda local, entonces debe avisar al propietario y a la autoridad de vivienda de inmediato. Es posible que los invitados de estadías prolongadas tengan que ser agregados al contrato de arrendamiento, y su ingreso deba ser agregado a los ingresos de su hogar por la autoridad de vivienda. Es probable que sus ingresos reduzcan la cantidad de asistencia que recibe, ya que se espera que contribuyan a la renta. Tanto la autoridad de vivienda como el propietario tienen derecho a negarse a permitir que su nuevo inquilino propuesto se mude. Su nuevo inquilino también deberá aprobar una verificación de antecedentes, tal como lo hizo cuando recibió la aprobación para vales de vivienda.

Rompiendo las reglas

Permitir que un invitado se quede más tiempo que su bienvenida y establecerse en su hogar podría tener graves consecuencias para usted. Es posible que lo desalojen y que pierda la asistencia de la Sección 8. Si pierde la asistencia de la Sección 8 por violar las reglas, es posible que no pueda calificar para ningún tipo de asistencia futura para la vivienda, incluida la vivienda pública.

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