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Ciertas situaciones de emergencia permiten a los solicitantes recibir una colocación prioritaria en los programas de vivienda de la Sección 8. El Programa de vales de elección de vivienda brinda a los participantes asistencia para el alquiler de viviendas privadas o de propiedad del gobierno. Para solicitar un cupón de emergencia de la Sección 8, comience por comunicarse con la Agencia de Vivienda Pública local más cercana. Los solicitantes deben cumplir con los criterios de elegibilidad de la PHA y demostrar la necesidad suficiente de una colocación inmediata o prioritaria, generalmente a través de la documentación.

Cómo solicitar un crédito de emergencia de la Sección 8: LuminaStock / iStock / GettyImages

Sección 8 necesita superaciones aberturas

Las autoridades de vivienda pública de todo el país administran la Sección 8 a nivel local. Experimentan una gran demanda de cupones y, por lo general, no pueden satisfacer las necesidades de la comunidad lo suficientemente rápido. La aceptación en el programa generalmente está sujeta a un período de espera de varios meses a varios años. Cada PHA tiene su propia lista de espera y administra el proceso de solicitud de manera diferente. Las personas en la lista de espera pueden colocarse por delante de otros solicitantes si pueden demostrar la necesidad de una vivienda de emergencia. Esto se conoce como colocación prioritaria y cada PHA establece sus propios criterios para este estado preferido. Puede solicitar la Sección 8 con más de una PHA. Consulte la lista de autoridades de vivienda del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano para obtener las PHA más cercanas.

Necesidad de emergencia del solicitante de PHAs Discern

HUD y las PHA participantes ofrecen viviendas de emergencia, transitorias y permanentes para evitar la falta de vivienda y proporcionar viviendas asequibles, seguras o sanitarias. Los hogares pueden calificar para la Asistencia de emergencia de la Sección 8 o la colocación prioritaria si actualmente no tienen refugio: están literalmente sin hogar, enfrentan un riesgo inminente de falta de vivienda según lo determina la PHA, están escapando de la violencia doméstica o el abuso sexual, viven en viviendas de calidad inferior, pagan más de 50 el porcentaje de sus ingresos brutos en alquiler, tienen miembros de la familia menores, ancianos o discapacitados o han sido desplazados involuntariamente, según lo determinado por la PHA. Las PHA locales establecen pautas para adaptarse a las necesidades de vivienda específicas de su jurisdicción. Por ejemplo, en 2012, el Condado de Los Ángeles permitió la colocación prioritaria para ciertos individuos en libertad condicional y delincuentes condenados, informa el Los Angeles Times.

Ayudando a las familias discapacitadas no mayores

Un hogar con un miembro discapacitado que no sea anciano puede calificar para una vivienda de la Sección 8 bajo el Programa de vales para ciertos desarrollos de HUD o el Programa de vales para discapacitados que no son personas de edad avanzada. Los solicitantes no necesitan ser inquilinos actuales de la Sección 8 o estar en lista de espera con un PHA. Los programas están diseñados para personas con discapacidades que desean mudarse a "ciertos desarrollos" específicamente aprobados para el programa, o aquellos que viven en una institución de atención médica o en un proyecto de vivienda pública que desean transferirse a viviendas de propiedad privada.

Colocación de prioridad para los inquilinos actuales de la Sección 8

Un proyecto de vivienda pública puede ser rehabilitado o demolido, lo que requiere que los inquilinos de la Sección 8 se muden. Esto suele ocurrir como resultado de una orden judicial o cuando HUD considera que un proyecto está obsoleto. La PHA local puede asignar vales o certificados especiales de la Sección 8, que los inquilinos utilizan para alquilar alquileres de propiedad privada o para mudarse a otro proyecto de vivienda pública. Los inquilinos de la Sección 8 son de bajos ingresos, ganando el 50 por ciento o menos del ingreso promedio del área. Los inquilinos no pagan más del 30 o 40 por ciento de sus ingresos brutos, mientras que la PHA cubre el saldo restante de la renta en su nombre. Según HUD, los inquilinos no tienen que solicitar la reubicación, ya que las unidades de reemplazo se asignan a inquilinos elegibles como parte de la orden judicial, la rehabilitación o el plan de demolición.

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