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Anonim

El Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC, por sus siglas en inglés) es un crédito reembolsable diseñado para permitir a los contribuyentes de ingresos bajos a moderados retener más de su ingreso del trabajo. Ya sea que tenga un hijo o no, puede calificar para el crédito. El crédito EITC se aplica a su obligación tributaria (cuánto debe) y lo reduce en consecuencia. Como crédito reembolsable, puede reducir su responsabilidad a menos de cero, resultando en un reembolso para usted.

Ingreso ganado

El EITC es un crédito fiscal que toma en cuenta sus ingresos, estado de presentación y estado de dependiente. Debe poder obtener ingresos (salarios, sueldos, propinas, beneficios de huelga sindical, beneficios por incapacidad a largo plazo recibidos antes de la edad de jubilación o ingresos netos del trabajo por cuenta propia) para poder obtener el crédito. El pago de combate no sujeto a impuestos se puede utilizar para cumplir con el requisito.

Elegibilidad Básica

Para calificar para el EITC, debe ser ciudadano de los EE. UU., Extranjero residente o extranjero no residente casado con un ciudadano de los EE. UU. Necesita un número de Seguro Social y no puede usar el matrimonio, presentando el estado por separado. No puede ser el hijo calificado de otra persona: si un niño califica para más de una persona y uno es un padre, el no padre reclama al niño si tiene un ingreso bruto ajustado más alto que el padre. Si no tiene un hijo, debe haber vivido en los Estados Unidos durante más de la mitad del año, debe tener al menos 25 años, pero menos de 65 años, y no puede calificar como dependiente de otra persona.

Limitaciones de ingresos

Los límites de ingresos pueden cambiar, pero para el año fiscal 2010 su ingreso ganado y su ingreso bruto ajustado deben haber sido menos de $ 43,352 si tuvo tres o más hijos calificados: $ 48,362 si es casado que presenta una declaración conjunta; $ 40,363 si tuvo dos hijos calificados - $ 45,373 si es casado que presenta una declaración conjunta; $ 35,535 con un hijo - $ 30,545 si es casado que presenta una declaración conjunta; y $ 13,460 si no tuvo hijos: $ 18,470 si es casado que presenta una declaración conjunta. Sus ingresos de inversión deben haber sido de $ 3,100 o menos para el año fiscal.

Crédito máximo

Si tiene tres o más hijos que califican, su crédito máximo es de $ 5,666. Con dos hijos su crédito máximo es de $ 5,036. Si solo tiene un hijo, puede recibir hasta $ 3,050 y si no tiene hijos, el crédito máximo es de $ 457, a partir de 2010. Si recibió créditos de ingresos anticipados de su empleador durante el año tributario, debe presentar una declaración de impuestos a reportar estos pagos.

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