Tabla de contenido:
- Embargo del IRS
- Seguridad social y otros pagos federales
- Pagos privados de pensiones
- ¿Qué más puede aprovechar el IRS?
El Servicio de Impuestos Internos tiene amplios poderes cuando se trata de recaudar impuestos. El IRS tiene el derecho de embargar los pagos, confiscar activos e incluso encarcelarlo. Sus poderes van mucho más allá de los de otros acreedores. Una percepción errónea común es que las cuentas de jubilación y las pensiones están exentas de embargo y confiscación. El IRS, sin embargo, puede hacer ambas cosas.
Embargo del IRS
Si debe impuestos atrasados por cualquiera de los últimos 10 años, el IRS puede presentarse después de cualquier ingreso o activo que tenga y que pueda usarse para compensar su deuda. A diferencia de otros acreedores, el IRS no tiene que obtener una orden judicial para hacerlo. Las necesidades básicas, como un automóvil para el trabajo, ropa o artículos personales, están exentas de incautación. El IRS solo puede embargar un porcentaje de su salario o ingreso de pensión para que no se quede sin lo suficiente para vivir. La incautación y el embargo son los últimos recursos para el IRS, por lo que si está amenazando con hacerlo, aún puede haber tiempo para resolverlo y evitarlo.
Seguridad social y otros pagos federales
El IRS puede embargar la vejez del Seguro Social, los sobrevivientes y los pagos por incapacidad para los impuestos atrasados. Puede embargar hasta el 15 por ciento de cada pago hasta que se pague la totalidad de la deuda tributaria o hasta que hayan transcurrido 10 años, luego de lo cual no puede cobrar impuestos atrasados. Los pagos de Seguridad de Ingreso Suplementario están exentos de embargo porque están basados en las necesidades. Con las deudas no impositivas, los primeros $ 750 de su cheque mensual del Seguro Social están protegidos de los acreedores, pero el IRS puede tomar el 15 por ciento independientemente de cuánto lo deje.
Pagos privados de pensiones
El IRS también puede embargar los pagos de pensiones de la compañía. Después de presentar un aviso de embargo al administrador de su plan de pensión, puede embargar hasta el 25 por ciento de su pago de pensión. Esto se aplica incluso si también toma el 15 por ciento de su cheque del Seguro Social. En algunos estados, los tribunales tienen el derecho de limitar el embargo si un contribuyente puede probar que está creando o incrementando las dificultades financieras.
¿Qué más puede aprovechar el IRS?
El IRS puede presentar gravámenes contra y apoderarse de casi cualquier otro activo que posea, como casas, incluso su residencia principal, vehículos, barcos y cuentas de inversión. Las cantidades personales utilizadas para la vida, como herramientas de su oficio, artículos del hogar de hasta $ 7,720 en valor, y ropa y libros escolares están exentos de incautación. Además, si debe menos de $ 5,000 al IRS, no puede confiscar su hogar.