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El Artículo 9 del Código de Comercio Uniforme incluye detalles sobre transacciones garantizadas y la descarga de deuda en situaciones de préstamo que involucran algún tipo de garantía. Legalmente, después de una cancelación de deuda, el acreedor no tiene base legal para perseguir al deudor y no tiene reclamaciones sobre los activos que actualmente son propiedad del deudor o los activos que el deudor adquiere en el futuro. La aprobación de la gestión marca el final del contrato de préstamo.
Codigo comercial Uniforme
Antes de la creación del Código de Comercio Uniforme, cada estado tenía sus propias leyes comerciales. Esto creó problemas para las empresas y personas que operaban a través de líneas estatales, que el UCC alivia. Los Comisionados de Derecho Uniformes y el Instituto de Derecho revisan regularmente la UCC y tienen la facultad de hacer enmiendas al documento original. Cada estado basa sus leyes en la UCC, aunque las leyes en la mayoría de los estados se desvían del documento en cierta medida.
Transacciones Garantizadas
Bajo la UCC, en caso de incumplimiento del prestatario, un acreedor puede tomar posesión de la garantía que el prestatario se comprometió a garantizar el préstamo. El acreedor debe vender la garantía y utilizar los ingresos de la venta para cubrir el costo de recuperarla, retenerla y listarla para su venta. El acreedor también puede usar los ingresos de la venta para pagar la deuda impaga y para satisfacer cualquier gravamen menor que se aseguró en la propiedad si los titulares de la garantía júnior proporcionan pruebas de esas deudas.
Venta de Garantía
El artículo 9 de la UCC establece que el acreedor debe disponer de la garantía de una manera comercialmente razonable. El acreedor debe notificar al deudor y a todos los demás acreedores antes de la venta, aunque el UCC no proporciona un marco de tiempo exacto aparte de decir que el acreedor debe dar un "aviso razonable". En los casos que involucran bienes que no son de consumo, el acreedor debe proporcionar a las partes interesadas un aviso de 10 días. Si el acreedor no notifica la venta al deudor, el deudor puede reclamar daños que equivalen al 10 por ciento del principal adeudado de la deuda más cualquier cargo por servicio en el que se incurrió.
Descarga
En los casos en que el deudor haya pagado menos del 60 por ciento de la deuda, el acreedor puede retener la garantía a cambio de la descarga de la deuda. El acreedor debe entregar una propuesta por escrito al deudor y a cualquier otro acreedor, y el deudor y otros acreedores deben aceptar los términos del acuerdo. Si el deudor u otro acreedor con un interés de seguridad en la garantía rechaza la propuesta dentro de los 21 días de haber recibido la notificación, el acreedor debe vender la propiedad. En situaciones que involucran bienes de consumo, el acreedor puede apoderarse de la garantía y descargar la deuda sin obtener el consentimiento del deudor.