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Un empleador que patrocina un plan de seguro de salud asequible para sus trabajadores asume una parte significativa de los costos. Los cónyuges que cubren a los empleados aumentan esos costos si esas primas también están subsidiadas. Como resultado, es posible que deba pagar un recargo a su cónyuge para cubrir a su cónyuge que trabaja en virtud de su plan de seguro médico patrocinado por su empleador. El recargo por cónyuge significa que el empleado paga más para cubrir a un cónyuge que tiene otras opciones de cobertura de seguro de salud.
Recargo de cónyuge
El recargo por cónyuge se aplica cuando un cónyuge que trabaja tiene acceso a un seguro de salud grupal comparable en su trabajo y decide no inscribirse en ese plan. El monto del recargo, como $ 30 o $ 50 por período de pago, actúa como un incentivo para que los cónyuges se inscriban en el plan de atención médica de su propio empleador y le permite a la compañía sufragar algunos de los costos de subsidio de la política para que pueda continuar permitiendo la inscripción para los cónyuges que necesitan cobertura.
Cobertura restringida
Cada empleador decide en qué circunstancias cubrirá a los cónyuges o aplicará el recargo de los cónyuges. Los empleadores a menudo restringen la cobertura conyugal sin el pago de un recargo a los cónyuges desempleados, o cónyuges que trabajan cuyos empleadores no ofrecen seguro de salud. Muchos extienden la cobertura sin recargo si el plan ofrecido por el empleador del cónyuge no cumple con los estándares específicos, como los montos máximos de la prima y el deducible.
Excepciones de recargo
Algunos empleadores renuncian al recargo si el cónyuge se inscribe en los planes de ambos empleadores y el plan de su empleador es primario. El recargo por cónyuge también podría no aplicarse si el cónyuge es elegible para Medicare u otro plan de seguro de salud patrocinado por el gobierno. Por lo general, los empleadores renuncian temporalmente al recargo del cónyuge si no pueden inscribirse en el plan de su empleador hasta la próxima inscripción abierta.
Matrícula y Certificación Anual
Un empleado que desea cobertura para un cónyuge bajo su plan de seguro de salud patrocinado por su empleador debe inscribir activamente a su cónyuge cada año durante la inscripción abierta. El plan no volverá a inscribir automáticamente a un cónyuge cubierto. La inscripción anual incluye un proceso de afirmación que requiere que los empleados lean y acepten ciertas declaraciones sobre la inscripción de un cónyuge. La empleada afirma que tiene la intención de inscribir a su cónyuge, que el cónyuge no tiene acceso a un seguro a través de su trabajo o que el seguro no cumple con los estándares específicos de asequibilidad. Después de las afirmaciones, el proceso de inscripción incluye advertencias sobre declaraciones falsas y recuerda a los empleados el requisito de informar cambios que afecten la cobertura del cónyuge.