Tabla de contenido:
- Paso
- Contratos orales
- Contratos Escritos
- Paso
- Cuentas abiertas
- Paso
- Juicios
- Paso
- Tocar y revivir
- Paso
- Las exenciones
- Paso
Paso
Los contratos orales (contratos que nunca fueron escritos o que usted nunca firmó) están sujetos a un plazo de prescripción de cuatro años bajo la ley de la Florida. El proverbial reloj comienza a marcar el día en que se convierte en delincuente por primera vez, y cualquier pago que realice por una deuda derivada de un contrato oral restablece el estatuto de limitaciones, lo que le otorga al acreedor otros cuatro años completos para cobrar.
Contratos orales
Contratos Escritos
Paso
Los contratos escritos incluyen instrumentos legales, como un cheque, giro postal o cheque de caja y otros acuerdos contractuales que fueron escritos y firmados por usted y los acreedores. Florida restringe los intentos de cobro de contratos escritos a cinco años, a partir del día en que usted se vuelve delincuente. Los pagos realizados a una deuda que surgen de un contrato escrito restablecen el estatuto de limitaciones.
Cuentas abiertas
Paso
Las cuentas abiertas incluyen cosas como tarjetas de crédito, tarjetas de cargo y tarjetas o cuentas basadas en tiendas. También incluye préstamos revolventes, como líneas de capital de la vivienda y líneas de crédito personal. Las cuentas abiertas están sujetas a un estatuto de limitaciones de cuatro años, pero el reloj comienza a correr en cada cargo individual en la fecha en que usted se convierte en delincuente por primera vez. Por lo tanto, es posible tener diferentes marcos de tiempo para cada artículo que compró con su tarjeta o línea de crédito. Los pagos efectuados a cuentas abiertas reinician el plazo de prescripción para cada cargo individual, lo que le otorga al acreedor otros cuatro años completos para cobrar los pagos de cada artículo.
Juicios
Paso
Si un acreedor solicita una sentencia en su contra por el monto de una deuda pendiente que debe, el acreedor tiene hasta 20 años para cobrar dicha sentencia. Los pagos efectuados por sentencias no restablecen el estatuto de limitaciones en Florida. Las sentencias tampoco están sujetas a peaje, por lo que un acreedor puede solicitar el pago de una sentencia en cualquier estado si alguna vez se muda fuera de Florida.
Tocar y revivir
Paso
El término "peaje" se refiere a la práctica de congelar o detener un estatuto de limitaciones vigente. En Florida, el estatuto de limitaciones cobra cada vez que se muda fuera del estado. Si y cuando regresa al estado, el estatuto de limitaciones se "revivió", lo que significa que comienza nuevamente desde el punto exacto en el que tocó el peaje.
Las exenciones
Paso
Ciertas deudas están exentas del estatuto de limitaciones. Esto incluye la pensión alimenticia atrasada, los préstamos educativos y los impuestos atrasados o atrasados. Los acreedores pueden continuar cobrando estas deudas durante el tiempo que le lleve pagarlas; de hecho, un acreedor puede solicitar el reembolso de su patrimonio si fallece antes de pagar la deuda en su totalidad.