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Anonim

La mayoría de los programas estatales de Medicaid limitan la cantidad de activos que algunas personas pueden mantener. A partir de 2011, el límite suele ser de $ 2,000 por persona o $ 3,000 por pareja, pero la cantidad variará según el estado. Si bien esta cantidad puede parecer baja, no incluye todos los activos. Ciertos bienes están exentos.

Tu hogar

Medicaid excluye el hogar de su total de activos. La propiedad debe ser su residencia principal. Si se encuentra en un hogar de ancianos o en un hospital, debe intentar regresar a su hogar. La exención de la casa incluye el hogar, la tierra y cualquier propiedad adicional, como garajes y dependencias en la propiedad. La casa puede ser una casa unifamiliar, condominio, apartamento o casa móvil. Cabañas y casas de vacaciones o de verano no se pueden mantener. El programa de Medicaid no le quitará su hogar. Sin embargo, si ni usted ni su cónyuge viven en el hogar, el programa de Medicaid puede exigirle que lo venda. Algunos estados colocan gravámenes en propiedades que pertenecen a la persona que recibe asistencia de Medicaid.

Vehículo

Cada miembro del hogar tiene permitido un vehículo motorizado. El vehículo puede ser un automóvil o camiones, siempre que el transporte sea para viajes médicos o relacionados con el trabajo. Si una persona ingresa a un asilo de ancianos, el cónyuge u otro miembro de la familia aún puede mantener el vehículo. Para vehículos adicionales, el valor patrimonial de cada vehículo se contará para el límite de recursos.

Objetos personales

En general, todos los artículos personales están exentos. Muebles, ropa, productos electrónicos y joyas son ejemplos de bienes personales no incluidos en el límite de recursos de Medicaid. Cuando intentan gastar los activos, algunos propietarios deciden renovar sus casas, actualizar sus electrodomésticos o comprar muebles nuevos.

Seguro de vida y gastos de entierro

El seguro de vida que usted posee también está exento, siempre que el valor nominal no exceda de $ 1,500. El valor nominal es la cantidad que sus beneficiarios recibirán al momento de su muerte. Si tiene una póliza de seguro de vida a término, la cantidad total está exenta porque no tiene ningún valor en efectivo. Los fondos de entierro también se superan. Sin embargo, el valor nominal de la póliza de seguro de vida se resta de la exención total de $ 1,500. Por ejemplo, si usted es dueño de una póliza de seguro de vida con un valor de $ 1,000, se permiten $ 500 adicionales en los gastos funerarios prepagos.

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