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Anonim

Long Beach se encuentra en Los Ángeles, California, el condado más grande del país. Long Beach ofrece a los residentes muchas opciones diferentes de alquiler, incluido el alquiler de uno de sus muchos apartamentos con alquiler controlado. Los residentes de Long Beach tienen derecho a objetar el aumento de la renta de un propietario si el inquilino está arrendando una unidad de renta controlada. Los inquilinos en edificios no controlados por alquileres pueden objetar el aumento de un propietario si el propietario no cumple con las leyes de notificación del estado.

Long Beach ofrece apartamentos regulados y no regulados.

Provisiones de arrendamiento

Los propietarios en Long Beach, California, pueden aumentar sus tarifas de alquiler si sus arrendamientos contienen disposiciones que permiten un aumento durante el arrendamiento. Si sus contratos de arrendamiento no contienen estas disposiciones, entonces los propietarios deben usar las regulaciones de notificación por defecto del estado. Si sus contratos de arrendamiento específicamente rechazan los aumentos, los propietarios no pueden aumentar sus tarifas de alquiler actuales.

darse cuenta

Para aumentar legalmente el alquiler, los propietarios deben cumplir con los requisitos de notificación del estado. Si los propietarios tienen un acuerdo mensual con sus inquilinos de Long Beach, entonces el propietario debe proporcionar al menos un aviso por escrito al inquilino 30 días antes de la fecha de aumento. Los arrendadores que tienen contratos de arrendamiento anuales con sus inquilinos de Long Beach deben proporcionar un aviso con al menos 30 días de anticipación, pero deben hacerlo con al menos 60 días de anticipación si el inquilino residió en la propiedad por al menos un año. Además, si el propietario está haciendo un aumento de más del 10 por ciento en las tarifas de alquiler, entonces el propietario debe proporcionar un aviso con 60 días de anticipación, independientemente del período de permanencia.

Ordenanzas de control de alquileres

La Ordenanza de Estabilización de Alquileres requiere que los propietarios del Condado de Los Ángeles que renten edificios con control de alquileres sigan las leyes de control de alquileres. Los propietarios están sujetos a las disposiciones de la Ordenanza si el propietario alquila más de dos unidades dentro de un edificio; si la propiedad del propietario está dentro de Los Ángeles; y si el edificio fue construido antes de 1978. Para aumentar el alquiler, los propietarios que poseen edificios con alquiler controlado solo pueden aumentar el monto de sus alquileres en cantidades limitadas determinadas cada año por la Junta de Control de Alquiler del condado. Sin embargo, los propietarios pueden aumentar el alquiler solo después de dar a un inquilino al menos un aviso por escrito con 30 días de anticipación de un aumento próximo o un aviso de 60 días siguiendo las mismas reglas. Sin embargo, la Ordenanza ofrece a los inquilinos el derecho a negarse a cumplir con cualquier aumento de alquiler que la Junta de Control de Rentas no haya aprobado y que exceda los límites establecidos en los subsidios de la Ordenanza. Los inquilinos también pueden reportar estos arrendadores a la Junta de Control de Rentas.

Incumplimiento

El aumento de alquiler puede entrar en vigencia solo después de que el propietario proporcione la notificación requerida.Los propietarios que proporcionan un aviso por escrito adecuado, que cumplieron con sus obligaciones de arrendamiento o que recibieron la aprobación por escrito de la Junta de Control de Rentas para aumentar sus tarifas de alquiler tienen el derecho de esperar el pago oportuno de la nueva cantidad. Al seguir los procedimientos de desalojo del Tribunal Superior, los propietarios pueden solicitar la asistencia de un tribunal para desalojar a los inquilinos que no pagan el alquiler a tiempo.

Consideraciones

Como las leyes de bienes raíces pueden cambiar con frecuencia, no debe usar esta información como sustituto de la asesoría legal. Solicite asesoramiento a través de un abogado con licencia para ejercer el derecho en su jurisdicción.

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