Tabla de contenido:
- Cuando el reloj comienza
- Deudas vendidas a un tercero
- Contacto del acreedor
- Excepciones a los estatutos del estado
Nueva Jersey establece el estatuto de limitaciones para determinar cuánto tiempo tienen los acreedores para demandarlo por una deuda. Todos los contratos orales, contratos escritos, pagarés y cuentas abiertas tienen un plazo de prescripción de seis años en Nueva Jersey. Ciertas deudas, como la manutención de menores y los préstamos federales para estudiantes, no están sujetos a esos estándares. Aunque un acreedor no puede buscar una acción legal una vez que expira el estatuto de limitaciones, puede continuar llamando o enviando cartas solicitando el pago.
Cuando el reloj comienza
Las deudas, tales como préstamos personales, préstamos para automóviles, hipotecas y tarjetas de crédito están sujetas al plazo de prescripción de seis años, que comienza en la fecha de la última actividad. El último pago no es necesariamente la fecha de la última actividad. Si hizo arreglos para pagar o entró en un acuerdo de pago, eso se considera actividad. Por ejemplo, si responde a una carta del cobrador de deudas tres años después de realizar un pago y acepta comenzar a pagar la deuda, el reloj se reiniciará. Incluso reconocer que usted debe la deuda puede ser motivo para comenzar nuevamente la cuenta regresiva del estatuto de limitaciones. Si el acreedor lo demanda dentro del plazo de prescripción y gana, tendrá hasta 20 años para hacer cumplir la sentencia.
Deudas vendidas a un tercero
Las deudas se venden comúnmente a las agencias de cobro de terceros. No es raro que la deuda cambie de manos muchas veces durante el período de seis años. En Nueva Jersey, sin embargo, el reloj no se reinicia cuando se vende una deuda. Mientras no entre en un acuerdo con la nueva agencia de cobranza, la última fecha de actividad en la cuenta sigue siendo el punto de partida.
Contacto del acreedor
Incluso después de que expire el estatuto de limitaciones, el acreedor aún puede comunicarse con usted. La deuda impaga no es perdonada o borrada automáticamente. Sin embargo, si bien aún pueden llamar y enviarle cartas para exigir el pago, los acreedores no pueden amenazar con demandar en ese momento. Si cree que una deuda con restricción de tiempo ha excedido el plazo de prescripción, tiene derecho a preguntar al acreedor. La ley federal exige que el cobrador de deudas responda con honestidad. Si un cobrador de deudas infringe la ley y demanda o amenaza con demandar, presente una queja ante el Fiscal General de Nueva Jersey y la Comisión Federal de Comercio.
Excepciones a los estatutos del estado
Algunas deudas siguen los estatutos de limitaciones federales en lugar del estado. El plazo de prescripción para las recaudaciones de impuestos del IRS es de 10 años a partir de la fecha de la evaluación. Los padres tienen el derecho de cobrar los pagos de manutención infantil incluso después de que el niño sea considerado un adulto legal. Sin embargo, los estatutos de limitaciones estatales dictan cuánto tiempo tiene usted para hacer cumplir una orden de manutención infantil o establecer la paternidad. Nueva Jersey no tiene un estatuto de limitaciones para hacer cumplir la deuda de manutención infantil. Los préstamos federales para estudiantes no tienen estatuto de limitaciones, pero los préstamos privados para estudiantes están sujetos a los seis años del estatuto de limitaciones.