Tabla de contenido:
Un formulario 1098-T es una Declaración de matrícula emitida a un estudiante cada año tributario por una institución educativa elegible, como un colegio o universidad. El formulario es un documento informativo que identifica la matrícula del estudiante o los gastos educativos que se pueden utilizar junto con lo que el Servicio de Impuestos Internos denomina "Crédito de Oportunidad Estadounidense". Reclamar este o cualquier otro crédito educativo no es obligatorio. Es estrictamente una acción voluntaria.
Propósito
El estudiante utiliza la forma 1098-T o quien paga la matrícula o los gastos educativos calificados para reclamar un crédito a los impuestos presentados en el Formulario 1040 o 1040-A del IRS. El formulario mostrará el nombre del estudiante, la dirección, el número de seguro social y otra información de identificación. Los montos en dólares mostrados incluyen los pagos recibidos por la institución, los montos facturados, los ajustes del año anterior y las becas o subvenciones, junto con los ajustes relacionados del año anterior.
Consideraciones
Las cantidades que se muestran en el 1098-T pueden diferir de los gastos educativos reales de los estudiantes. Es importante tener en cuenta que el estudiante solo puede reclamar el crédito fiscal por la matrícula real o los gastos educativos pagados durante el año fiscal. Si el estudiante es dependiente de otra persona que realiza los pagos, solo la persona que realiza dichos pagos puede reclamar el crédito.
Excepciones
Existe una relación entre el Ingreso Bruto Ajustado Modificado (MAGI) del reclamante y el monto de crédito que se puede reclamar realmente. El Crédito Fiscal de Oportunidades Estadounidenses se elimina gradualmente si el MAGI de un reclamante se encuentra entre $ 80,000 y $ 90,000 o $ 160,000 a $ 180,000 si se presenta de manera conjunta. Los reclamantes no son elegibles para el crédito fiscal si su MAGI supera los $ 90,000 o $ 180,000 respectivamente.
El monto máximo de gastos educativos elegibles para este crédito fiscal es de $ 4,000. El crédito real se calcula al 100% de los primeros $ 2,000 y al 25% de los siguientes $ 2,000 o un crédito máximo de $ 2,500.
Cómo reclamar el crédito
Para reclamar un crédito fiscal educativo, un reclamante debe preparar el formulario 8863 del IRS, Créditos educativos y enviarlo junto con su declaración de impuestos federales 1040 o 1040-A. Los montos reembolsables y no reembolsables se transfieren del formulario 8863 al 1040 o 1040-A. La información mostrada en el formulario 1098-T puede ser útil en la preparación del formulario 8863.
Advertencia
Existen restricciones definidas y requisitos de elegibilidad que el reclamante primero debe revisar para determinar la calificación de la parte reembolsable del crédito fiscal. Se insta a los reclamantes a que hagan referencia a la Publicación 970 del Servicio de Impuestos Internos (IRS), que puede verse o descargarse en formato de documento portátil del sitio web del IRS.
Los beneficios fiscales para la educación pueden ser muy complejos, por lo que se recomienda a los reclamantes que revisen la Publicación 970 a fondo con respecto a este crédito fiscal y posiblemente a otros para los cuales pueden ser elegibles.
Propina
Las agencias estatales y locales de impuestos sobre la renta también pueden proporcionar créditos fiscales educativos. Un reclamante sujeto al impuesto a la renta estatal y local debe verificar si existen créditos educativos y cómo solicitarlos.