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Anonim

Los tribunales de magistrados de Carolina del Sur escuchan pequeños casos de reclamos civiles que involucran daños de $ 7,500 o menos. El Código de Leyes de Carolina del Sur, Título 22, y el Tribunal de Magistrados de Carolina del Sur, regulan estos casos de reclamos menores, por lo que deberá seguir el mismo procedimiento en todo el estado.

Criterios para presentar un caso de reclamos menores

Puede presentar un caso civil ante la corte de magistrados si está buscando $ 7,500 o menos para:

  • Daño a la propiedad.
  • Lesiones personales.
  • Cobro de una deuda.

También puede presentar una demanda en la corte de reclamos menores para solicitar la devolución de su propiedad personal, siempre que la propiedad no valga más de $ 7,500.

Los magistrados no oyen:

  • Reclamaciones contra el estado de Carolina del Sur en las que el demandante está buscando más de $ 100.
  • Reclamaciones sobre litigio de título inmobiliario.
  • Reclamaciones civiles en las que el daño monetario o el valor de la propiedad supera los $ 7,500.

Dónde presentar su caso

Reglas específicas se aplican a la ubicación donde presenta su caso. Debe presentarse en el condado donde existe uno de los siguientes criterios:

  • El acusado vive en el condado.
  • El negocio del demandado se encuentra en el condado.
  • La disputa se produjo en el condado.

Si el acusado no es residente de Carolina del Sur, puede presentar el caso en el condado donde vive.

El Departamento Judicial de Carolina del Sur proporciona una lista de los magistrados y las ubicaciones de los tribunales de cada condado.

Complete el Formulario de Quejas

Para iniciar una demanda de reclamos menores en la corte de magistrados, complete el formulario oficial de quejas. Debes incluir esta información:

  • El nombre del condado donde se escuchará el caso.
  • Los nombres y direcciones de ambas partes.
  • Una breve declaración del caso, que describe los motivos por los que usted, el demandante, cree que el demandado le debe dinero.
  • El monto en dólares que reclama que el demandado le debe a usted, o el valor de la propiedad en su poder.
  • Su firma y la fecha.

Imprima y complete el formulario en línea, u obtenga una copia del formulario del secretario de la corte de magistrados. Si lo prefiere, puede describir los detalles del caso y el secretario completará el formulario por usted.

Pagar las tasas de presentación

Pague las tarifas de presentación aplicables cuando presente su queja; Las tarifas varían según el condado. Si no puede pagar la tarifa de presentación, informe al secretario de la corte que le gustaría presentar una moción y declaración jurada de permiso para proceder en forma pauperis con su queja. Esta moción indica que no puede pagar los honorarios de la corte y requiere su declaración jurada y su firma ante un notario público. Si su moción es otorgada, no se le exigirá que pague los honorarios de la corte.

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