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Anonim

El 13 de enero de 2009, se presentó el Proyecto de Ley 30 en el Senado de Carolina del Sur patrocinado por el Senador Derrell Jackson. El Proyecto de Ley 30 fue una propuesta para enmendar el Código de Leyes de Carolina del Sur, 1976, agregando un nuevo capítulo titulado "Ley de Asociación de Propietarios de Vivienda de Carolina del Sur".

Las asociaciones de propietarios imponen reglas estrictas a sus miembros.

Ley de la Asociación de Propietarios de Vivienda de Carolina del Sur

El razonamiento detrás de la propuesta original fue el aumento en el número de disputas entre las asociaciones de propietarios y sus miembros. La ley aumentó la transparencia de las operaciones de una asociación al exigir que los oficiales de la asociación mantengan cierta documentación. Además, la ley designó al Departamento de Asuntos del Consumidor como la agencia estatal para manejar y monitorear los negocios de las asociaciones.

Normas y requisitos

La nueva ley impone ciertas restricciones y requisitos a la asociación de propietarios, como un aumento anual de la evaluación, una notificación específica para una audiencia antes de la suspensión de privilegios o servicios por falta de pago de las cuotas, y una mediación no vinculante a través del Departamento de Asuntos del Consumidor. También deja en claro que una asociación de propietarios de viviendas le debe a sus miembros la obligación, honestidad, lealtad y cuidado, incluido el "deber de la diligencia debida", y proporciona procedimientos para hacer cumplir y remediar las violaciones de la Ley.

Mandatos adicionales de la asociación

La Ley de la Asociación de Propietarios de Vivienda requiere la renovación anual de un certificado de registro del Departamento de Asuntos del Consumidor. El proyecto de ley también establece normas obligatorias con respecto a la frecuencia y la notificación de reuniones y acciones por parte de la junta, la conservación, el mantenimiento y la disponibilidad de registros, la estipulación de que se debe preparar un presupuesto y un informe financiero anual y la presentación de un informe operativo anual con el Departamento de Asuntos del Consumidor de Carolina del Sur.

Responsabilidades del propietario

El propietario se presenta con sus propias responsabilidades en virtud de la ley. Se le exige que se mantenga informado y participe en los negocios de su asociación de propietarios de vivienda leyendo las actas de las reuniones, asistiendo a la reunión anual, entendiendo el presupuesto y ofreciéndose como voluntario para servir en un comité o junta directiva. Debe mantener una dirección actual con la asociación de propietarios, pagar sus cuotas a tiempo y comprender y cumplir con los convenios, reglamentos y otras normas y regulaciones.

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