Tabla de contenido:
- Crimen y entrando y robo de crímenes similares
- Delincuente y crimen colocados en categorías de castigo
- La Corte establece la sentencia mínima y máxima
- Sujeto a castigo activo, intermedio o comunitario
Si entras en una propiedad que no es tuya, como la casa de alguien, o simplemente entras por la puerta sin ser invitado, has cometido un delito en Carolina del Norte. A diferencia de la estructura de sentencia en algunos otros estados, puede predecir con relativa certeza cuánto durará su castigo si se lo declara culpable en el estado de Tar Heel. Esto se debe a que el estado ha establecido pautas de sentencia que asignan sentencias mínimas y obligatorias según el delito que usted comete, las circunstancias que lo rodean y la cantidad de condenas anteriores que tiene.
Crimen y entrando y robo de crímenes similares
Si ingresa o ingresa a un edificio con la intención de cometer un delito grave, como una violación, robar propiedad o aterrorizar o dañar a alguien que se encuentra adentro, esto se está rompiendo y entrando en Carolina del Norte, un delito mayor de Clase H. (Ref. 1, pág. 3 § 14-54) Si no tiene esa intención, es un delito menor de Clase 1. (Ref. 1, pág. 3 § 14-54) Sin embargo, se convierte en un robo si comete el delito en la residencia de alguien o en la habitación donde duerme. (Ref. 1 § 14-51; Ref. 2; Ref. 8) Si la casa de alguien en ese momento, es un robo en primer grado y un delito mayor de Clase D; Si no hay una casa, solo es un robo en segundo grado y un delito mayor de clase G. (Ref. 1 § 14-51 y § 14-52)
Delincuente y crimen colocados en categorías de castigo
Cuando se le declara culpable, la ley de Carolina del Norte requiere que el tribunal considere tanto su delito como su historial de condenas anteriores durante la sentencia. (Ref. 3 pág. 2, 6) Primero, su delito se coloca en una categoría de clase específica en función de la gravedad del delito. (Ref. 3, pág. 3) Los delitos graves se clasifican de la Clase A a la Clase I, siendo la Clase A la más grave; los delitos menores se clasifican de la Clase A1 a la Clase 3. (Ref. 3, pág. 3; Ref. 4; Ref. 5) A continuación, se le asigna una categoría de delincuente según su historial criminal anterior, que va desde el Nivel de registro previo I hasta el Nivel VI. para delitos mayores y Niveles previos I a III para delitos menores. (Ref. 3, pág. 3; Ref. 4; Ref. 5) Por ejemplo, si tiene dos condenas por delitos graves de Clase H anteriores, el tribunal asignará dos puntos por cada condena, para un total de cuatro puntos. (Ref. 4; Ref. 6) Ya que tiene entre dos y cinco puntos, el tribunal lo colocará en el Nivel II previo. (Ref. 4, 6)
La Corte establece la sentencia mínima y máxima
Una vez que se establezca su clase y nivel de registro previo, el tribunal impondrá una sentencia mínima y máxima desde el rango presuntivo, agravado o de mitigación: los rangos de castigo establecidos por la ley estatal. (Ref. 3, pág. 4; Ref. 6) El tribunal lo sentenciará dentro del rango presuntivo, el más comúnmente aplicado, a menos que encuentre circunstancias agravantes o atenuantes. (Ref. 3; Ref. 6) Las circunstancias agravantes pueden ser cosas como que el crimen sea extremadamente cruel o que involucre a una víctima especialmente vulnerable, como un niño o una persona mayor. (Ref. 3; Ref. 6) Por otra parte, las circunstancias atenuantes podrían ser una creencia genuina de que usted estaba actuando dentro de la ley o que se responsabiliza por sus acciones. (Ref. 3; Ref. 6) Si la corte lo condena a usted dentro del rango presuntivo basado en su condena por un delito grave de Clase H y en el Nivel previo II, su sentencia oscilará entre seis y ocho meses. (Ref 3; Ref 6)
Sujeto a castigo activo, intermedio o comunitario
Su sentencia de seis a ocho meses se cumplirá con un castigo activo, intermedio o comunitario. (Ref. 3, pág. 3) El castigo activo significa que la corte lo ha sentenciado a tiempo tras las rejas, ya sea en la cárcel o en la prisión. (Ref. 3, pág. 3-4) El castigo intermedio es una sentencia de libertad condicional supervisada junto con los requisitos adicionales establecidos a discreción del tribunal, como el tratamiento de drogas, el arresto domiciliario o la capacitación en habilidades educativas o vocacionales. (Ref. 3, pág. 3-4) El castigo a la comunidad es una sentencia de libertad condicional supervisada o no supervisada y puede incluir cosas como servicio comunitario, arresto domiciliario con monitoreo electrónico o multas. (Ref. 3, pág. 4)