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Anonim

La mayoría de los trabajadores del gobierno en todos los niveles pagan y están cubiertos por el Seguro Social, pero no siempre fue así. Los empleados federales no pagaban impuestos de seguridad social antes de 1984. Muchos trabajadores de los gobiernos estatales y locales también estaban exentos de pagar el impuesto de la Seguridad Social y algunos continuaron estando exentos. Debido a que los beneficios del Seguro Social se basan en parte en el monto del impuesto del Seguro Social que pagó, sus beneficios de jubilación del Seguro Social serán menores si su empleo en el gobierno incluyó períodos en los que no estaba pagando o cubierto por el sistema del Seguro Social.

El servicio militar y el servicio civil afectan los beneficios del Seguro Social de manera algo diferente a otros tipos de servicios gubernamentales.

Empleados del gobierno federal

Los empleados del gobierno de los EE. UU., Aparte de los miembros del servicio militar y civil, estaban cubiertos por el Sistema de Retiro de la Función Pública, o CSRS, hasta 1984. El trabajo y los ingresos cubiertos por CSRS no estaban cubiertos por el Seguro Social. En 1984, el gobierno federal introdujo el Sistema de Retiro de Empleados Federales, o FERS. El trabajo y los ingresos cubiertos por FERS estaban sujetos a los impuestos del Seguro Social y están representados en sus beneficios de jubilación del Seguro Social. Los trabajadores que trabajaban para el gobierno federal en el momento del cambio tenían la opción de cambiarse a FERS. Si cambió, pagó los impuestos del Seguro Social y será elegible para los beneficios del Seguro Social según ese período. Los empleados del gobierno federal contratados desde 1984 están cubiertos por el FERS y son elegibles para el Seguro Social, al igual que los empleados del sector privado que tienen una pensión privada y están cubiertos por el Seguro Social.

Si estaba cubierto por el sistema CSRS, los beneficios de su cónyuge o viuda / viudo del Seguro Social (beneficios basados ​​en el derecho al Seguro Social de su cónyuge) se reducirán en dos tercios de su pensión del gobierno. Por ejemplo, si tiene una pensión del gobierno de $ 900 por mes, los beneficios de su cónyuge o viuda se reducirán en $ 600 por mes. Del mismo modo, si recibe una pensión de CSRS y también es elegible para el Seguro Social en base a otro empleo cubierto, su beneficio podría reducirse bajo la Disposición para la Eliminación de Ganancia inesperada. La Administración del Seguro Social mantiene una calculadora en línea que puede usar para determinar cómo se verán afectados sus beneficios del Seguro Social.

La Disposición de Eliminación de Ganancia se diseñó para evitar una forma de "doble inmersión" tanto del Seguro Social como de una pensión de un trabajo que no estaba sujeto a las retenciones del Seguro Social. Antes de 1983, muchas personas que no estaban cubiertas por el Seguro Social tenían sus beneficios calculados como si fueran trabajadores a largo plazo y con salarios bajos. Obviamente, ese no es el caso para la mayoría de los trabajadores del gobierno. La Disposición de eliminación de ganancias inesperadas se diseñó para quitar esa ventaja.

Empleados del gobierno estatal y local

Algunos empleados estatales y gubernamentales están cubiertos tanto por el Seguro Social como por sus pensiones gubernamentales. Otros están cubiertos sólo por sus pensiones del gobierno. Si pagó impuestos de Seguro Social durante su empleo en el gobierno, recibirá beneficios como cualquier otra persona que ingresó al Seguro Social. Si no lo hizo, y recibe una pensión del gobierno de un período en el que no pagó los impuestos del Seguro Social, sus beneficios de Seguro Social se reducirán en virtud de la Provisión de Aumento de Tesoros. Si tiene 30 o más años de ganancias bajo el sistema de la Seguridad Social, lo que significa que pagó los impuestos de la Seguridad Social, la Provisión de Imprevistos no se aplica a usted.

La mayoría de los empleados de los gobiernos estatales y locales son elegibles para los beneficios del Seguro Social como resultado de Sección 218 acuerdos. que su gobierno estatal o local celebró con la Administración de la Seguridad Social. Los beneficios del Seguro Social también se extendieron a los empleados de los gobiernos estatales y locales que no están cubiertos por los acuerdos de la Sección 218 en julio de 1991 bajo la ley federal. Puede averiguar si está cubierto por un acuerdo de la Sección 218 comunicándose con su Administrador de la Seguridad Social del Estado. Puede encontrar esa información de contacto en el sitio web de la Conferencia Nacional de Administradores de Seguridad Social del Estado.

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