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Si suscribe un contrato u obligación financiera similar y luego se declara en quiebra, su prestamista o acreedor puede presentar un reclamo contingente contra su patrimonio. Este reclamo, que depende de la ocurrencia de algún evento futuro, puede ser abordado por el tribunal de varias maneras.
Ciertas condiciones requeridas
Una reclamación contingente es aquella para la cual hay una condición anterior, o un evento desencadenante, que debe tener lugar para que la deuda o el gasto ocurran. Debido a que no se garantiza que el evento suceda, la reclamación puede o no ser válida. Las reclamaciones contingentes suelen ser presentadas por los acreedores cuando un deudor o un posible deudor se declara en bancarrota personal. La reclamación se maneja de acuerdo con la ley estatal y la precedencia judicial.
Razones para presentar
Un acreedor puede presentar un reclamo contingente si tiene motivos para creer que puede ocurrir un evento desencadenante que haría que el reclamante de bancarrota estuviera financieramente obligado al dinero. Este tipo de situación puede ocurrir si, por ejemplo, un deudor en bancarrota ha actuado como cofirmante para la financiación de préstamos para automóviles de otra persona. Si el tercero prestatario incumple los pagos de su préstamo, según el acuerdo firmado por el deudor, se convierte en el responsable financiero del pago del préstamo.
Responsabilidad del acreedor
A diferencia de una reclamación absoluta, que se incluye automáticamente en un procedimiento de quiebra y un calendario de pago cuando corresponda, los acreedores deben presentar una reclamación de contingencia ante el tribunal si desean conservar su derecho a recuperar el dinero adeudado de los bienes del deudor. El acreedor también debe demostrar que se produjo la condición previa requerida o el evento desencadenante, lo que hace que la reclamación sea válida. Si el tribunal que preside decide tratar la reclamación contingente como una reclamación absoluta, el acreedor recibe el pago de la misma manera que otros acreedores.
Hacer el pago
Dependiendo de la ley estatal, hay varias maneras en que un tribunal puede manejar un reclamo de contingencia. El deudor y su abogado o representante pueden decidir evaluar el valor de la reclamación y pagarla de la misma manera que una reclamación absoluta. Del mismo modo, el tribunal puede optar por distribuir los fondos del patrimonio del deudor de manera normal, mientras retiene la cantidad de fondos necesarios para pagar la reclamación contingente, en caso de que sea válida. Un patrimonio también se puede distribuir a los acreedores, en el entendimiento de que son responsables de los pagos debidos en cualquier reclamo contingente. Las deudas contraídas por un patrimonio pueden pagarse de cualquier manera que el tribunal de bancarrota determine conveniente.