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Anonim

Los contratistas independientes pagan los impuestos de Seguro Social y Medicare como impuestos de trabajo por cuenta propia.Si cumple con los umbrales de ingresos, estos impuestos se aplican a los ingresos que recibe por cuenta propia, como tutoría o cuidado de niños. Para pagar, debe presentar documentos especiales con sus formularios de impuestos federales anuales. En muchos casos también tendrá que hacer pagos estimados durante el año.

Dos contratistas se dan la mano en un sitio de trabajo. Crédito: Comstock Images / Stockbyte / Getty Images

Tasas de impuestos de autoempleo

La tasa impositiva de autoempleo para contratistas independientes es del 15.3 por ciento a partir del año fiscal 2014. Esto se desglosa en 12.4 por ciento para el Seguro Social para los primeros $ 113,700 de ingresos y 2,9 por ciento para Medicare sin límite de ingresos. Estas tarifas incluyen tanto el empleador como la parte del empleado de estos impuestos.

Niveles de ingresos mínimos

Usted debe impuestos de trabajo por cuenta propia como contratista independiente solo si tiene una ganancia neta de más de $ 400 de los ingresos del trabajo por cuenta propia. En general, calcule su beneficio neto restando los gastos de su negocio de sus ingresos de trabajo por cuenta propia. Incluso si gana menos de $ 400 en el trabajo por cuenta propia, es posible que aún tenga que declarar los impuestos sobre la renta, por ejemplo, si su ingreso total, incluidos otros trabajos, supera un cierto mínimo. Este umbral de ingresos varía según su edad y estado civil.

Presentación de impuestos estimados

En lugar de la retención de impuestos, los contratistas independientes suelen pagar los impuestos estimados de la Seguridad Social, Medicare e ingresos cuatro veces al año. Usando el Formulario 1040-ES, Impuesto estimado para individuos, calcule si necesita presentar una declaración trimestral y cuánto debe. Si debe presentar una solicitud, sus pagos deben llevar el sello postal a más tardar el 15 de abril, el 15 de junio y el 15 de septiembre del año tributario para evitar multas. Debe realizar un pago adicional estimado antes del 15 de enero del año siguiente a menos que presente su declaración anual antes del 1 de febrero.

Evitar pagos trimestrales

Si usted es un contratista independiente que también trabaja como empleado, es posible que pueda evitar la presentación de impuestos trimestrales. Siempre que su empleador retenga una cantidad lo suficientemente grande como para cubrir el trabajo por cuenta propia y los impuestos sobre la renta de su lado, no se requiere la presentación trimestral. También puede completar un nuevo formulario W-2 para aumentar la cantidad retenida por su empleador.

Presentación de Impuestos Anuales

Cuando declare sus impuestos anuales, calcule sus ganancias como contratista independiente en el Anexo C o C-EZ, y transfiera esta cantidad al Formulario 1040. También calcule sus impuestos de trabajo por cuenta propia en el Anexo SE y transfiera el total a la línea 57 del Formulario 1040. Calcule la mitad del impuesto sobre el trabajo por cuenta propia en el Anexo SE y reclame este monto como una deducción en la línea 27 del Formulario 1040. Si adeuda impuestos, el monto aparece en la línea 78 de sus 1040.

Posibles sanciones

Si no puede pagar el trabajo por cuenta propia y el impuesto a la renta, el Servicio de Impuestos Internos puede cobrarle una multa. Por ejemplo, puede recibir una multa si subestima los pagos trimestrales o no tiene suficiente retención laboral para cubrir los impuestos sobre los ingresos secundarios. Incluso si paga en su totalidad al final del año, puede recibir una multa si está atrasado en una de las fechas de vencimiento trimestrales.

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