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Cuando debe una deuda a un acreedor o agencia gubernamental, su reembolso de impuestos federales puede ser embargado. Todo depende de cuán lejos esté dispuesto a ir el acreedor para buscar el pago de la deuda. El embargo de un reembolso de impuestos se denomina "compensación", ya que el reembolso compensa el saldo que debe a un acreedor. Si existe un desplazamiento, tiene la opción de disputarlo.
Deuda no gubernamental
Para que un acreedor tome su reembolso de impuestos federales, debe notificar al IRS la orden judicial para embargar su salario. El IRS envía una notificación por correo postal de que su reembolso está pendiente de embargo. Si no recibe una notificación del IRS, comuníquese con el IRS al 800-829-1954 para determinar si un acreedor está solicitando una compensación por su reembolso. También puede comunicarse directamente con el acreedor para determinar si se envió una solicitud para compensar su reembolso.
Deuda gubernamental
Si adeuda impuestos atrasados federales o estatales, tiene atrasos en la manutención de los hijos o tiene un préstamo estudiantil moroso, el gobierno federal puede compensar su reembolso de impuestos. Todas las compensaciones del gobierno se manejan a través del Servicio de Administración Financiera, una división del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos. Una vez que una agencia gubernamental reporta su deuda morosa, Financial Management Service verifica la deuda a través de agencias acreedoras. Si la deuda es legítima, su reembolso se mantiene a través de "TOP", el Programa de compensación de tesorería de los Estados Unidos.
Centro de llamadas TOP
Si su reembolso se realiza a través de TOP, se requiere que el Servicio de Administración Financiera le notifique a través del correo postal del embargo. La notificación incluye el nombre de la agencia que solicita el embargo de su reembolso, así como la información de contacto de esa agencia. Si no tiene una carta de notificación, aún puede averiguar si su reembolso de impuestos federales está pendiente de embargo llamando al centro de llamadas TOP al 800-304-3107.
Disputa de compensación
Si teme una compensación de reembolso de impuestos debido a la deuda de su cónyuge, actúe lo antes posible. Complete el Formulario 8379 del IRS o para proteger su mitad del reembolso. Si tiene acuerdos de pago anteriores con un acreedor y está cumpliendo con los acuerdos de pago, también puede tomar medidas desafiando la compensación. Desafíe la compensación si la deuda es pagada o ilegítima. Para impugnar la compensación, notifique al IRS por escrito que está disputando la compensación. Indique el motivo de su disputa. El IRS organizará una audiencia para determinar si la compensación sigue vigente o no.