Tabla de contenido:
- Requisitos de elegibilidad para la vivienda de la Sección 8
- Requisitos de ingresos
- Requisitos de empleo
- Denegación de los beneficios de la Sección 8
El Programa de Vales de Elección de Vivienda, también conocido como "Sección 8", ayuda a los ciudadanos de bajos ingresos, discapacitados y ancianos a cerrar la brecha entre sus ingresos mensuales y el costo de pagar el alquiler. Para recibir asistencia de la Sección 8, los hogares deben cumplir con los requisitos específicos de elegibilidad y cumplir con las reglas y regulaciones del programa.
Requisitos de elegibilidad para la vivienda de la Sección 8
La asistencia de alquiler de la Sección 8 es administrada por agencias locales de vivienda pública, que reciben fondos del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano. El objetivo del programa es proporcionar vivienda para familias de bajos ingresos, así como para personas mayores y discapacitadas, proporcionando asistencia financiera en forma de vales para cubrir una parte del alquiler mensual. El programa está disponible para ciudadanos estadounidenses e inmigrantes legales. La elegibilidad para el programa se basa en el cumplimiento de los requisitos de ingresos y empleo.
Requisitos de ingresos
En general, para cumplir con los requisitos de ingresos para la elegibilidad en el programa, los ingresos de un hogar, incluidos los cheques del Seguro Social, los pagos de intereses y dividendos, deben ser del 50 por ciento o menos que los ingresos medios del condado o del área designada donde residirá la familia. Esta limitación en el ingreso se ajustará de acuerdo con el número de miembros del hogar, y las familias más grandes tienen umbrales de ingresos más altos que las familias más pequeñas. Debido a la amplia gama de niveles de ingresos medios en todo el país, los requisitos de ingresos de la Sección 8 pueden variar sustancialmente. Los requisitos de ingresos para áreas específicas se pueden establecer comunicándose con la autoridad de vivienda pública local.
Requisitos de empleo
La elegibilidad en el programa requiere que al menos un adulto en la casa sea empleado durante 12 meses continuos y trabaje al menos 32 horas por semana antes de la solicitud de asistencia. La participación en un programa académico o de capacitación laboral durante esos 12 meses también es suficiente para cumplir con este requisito. Este requisito de elegibilidad también se puede cumplir si el solicitante que está recibiendo beneficios de desempleo o pagos de compensación laboral en el momento de presentar la solicitud trabajó 32 horas por semana durante los 12 meses inmediatamente anteriores al inicio del pago de los beneficios.
Denegación de los beneficios de la Sección 8
La asistencia de la Sección 8 puede ser denegada por razones relacionadas con los ingresos, problemas legales o el incumplimiento de las normas que rigen la participación en la Sección 8. La PHA local revisará el nivel de ingresos del hogar anualmente. Si el ingreso verificado del hogar supera el 80 por ciento del nivel de ingreso medio local, se negará la asistencia. La denegación de asistencia también puede ocurrir por una variedad de infracciones legales, incluida la producción de metanfetamina en los terrenos de cualquier área de vivienda asistida. El incumplimiento de los requisitos de la Sección 8, como subarrendar el alquiler o no proporcionar la documentación de ingresos solicitada, también puede resultar en la denegación de asistencia.